domingo, 5 de junio de 2011

Noticias Lorca - El Ayuntamiento recuerda a los ciudadanos que el plazo de presentación de solicitudes de ayudas a la rehabilitación y la reconstrucción de vivienda finaliza el 18 de junio

Fuente: Agencias

El Consistorio ha invitado a los ciudadanos a que también soliciten ya las ayudas de alquiler, para agilizar los trámites

En los dos puntos de gestión de ayudas hay muchas horas libres para citas
El Ayuntamiento de Lorca han animado a los ciudadanos y las comunidades de propietarios a que soliciten ya las ayudas de rehabilitación y reconstrucción de viviendas, pues el plazo de presentación de documentación finaliza el 18 de junio y en la actualidad hay horas libres para citas en los dos puntos con un total de 35 puestos en los que se gestionan, ubicados en el Centro de Desarrollo Local y el Centro Cultural.
Del mismo modo, fuentes municipales han invitado a los ciudadanos a que “en estos mismos puntos soliciten ya las ayudas de alquiler y reposición de enseres de primera necesidad, para facilitar y agilizar su retorno a la normalidad. Hasta el momento, sólo se han presentado de este tipo de solicitudes poco más de 150, por lo que invitamos a los lorquinos que tienen su vivienda inhabitable (color amarillo o rojo) a que preparen toda la documentación y realicen este trámite que les permitirá alojarse en una vivienda en alquiler”.
Desde el Consistorio han explicado que estos puntos tienen un horario ininterrumpido de lunes a sábado de 9 a 20:00 horas, pero es necesario solicitar la cita previa en la web www.lorca.es y el teléfono 900 11 78 16.  Los formularios de solicitud y listado de documentos requeridos se pueden descargar de esta web municipal o recoger en los puntos de gestión de ayudas.
Los técnicos inician las visitas para completar los expedientes
Hasta el momento, se han presentado cerca de 10.000 peticiones de ayudas para la rehabilitación y reconstrucción de vivienda habitual o alquilada e incluso comunidades de propietarios, que se pueden solicitar tanto por los que tienen seguro como los que no. En este sentido hay que destacar que los técnicos de la Comunidad Autónoma ya han empezado a visitar viviendas para hacer una comprobación de los daños alegados y adjuntarlos a los expedientes de  ayudas, agregaron desde el Consistorio.
Requisitos
Según el Real Decreto, para acogerse a las ayudas para la reparación y reconstrucción, los beneficiarios deberán ser propietarios, usufructuarios o arrendatarios de una vivienda afectada en el municipio de Lorca y que la vivienda siniestrada constituya el domicilio habitual o permanente del propietario, usufructuario o arrendatario con contrato de arrendamiento. Además, serán perceptores de las ayudas los propietarios de las viviendas y, en el caso de las Comunidades de Propietarios, el representante legal de las mismas.
Los documentos que deben acompañar a la solicitud de ayudas a la reconstrucción son fotocopia del DNI/CIF del solicitante; escritura pública, certificación registral, nota simple, documento privado, recibo del impuesto sobre bienes inmuebles, u otro medio probatorio del cumplimiento de los requisitos; y contrato de arrendamiento, en su caso. Por su parte las comunidades de propietarios deberán aportar un acta de la junta de propietarios o certificado del administrador en el que se refleje el acuerdo de la comunidad para ejecutar las obras, facultando al representante para solicitar las ayudas correspondientes, en el caso de que los daños a reparar se hayan producido en elementos comunes en edificios de uso predominadamente residencial. Por último, se deberá adjuntar una declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social así como que el inmueble constituye domicilio habitual del solicitante.
Por otro lado, para solicitar las ayudas para la reposición de enseres de primera necesidad en la vivienda habitual siniestrada por el terremoto que hubieran sufrido daños o destrucción. se requiere tener residencia en el municipio de Lorca y ser propietario o arrendatario de la vivienda siniestrada y que dicha vivienda constituya el domicilio habitual del propietario o arrendatario. La documentación a presentar en este caso es la solicitud en modelo normalizado, la Declaración responsable en modelo normalizado, las facturas que acrediten el gasto realizado para reponer los enseres de primera necesidad, la fotocopia del DNI / NIF / NIE del solicitante y la fotocopia de la cuenta bancaria donde consten los 20 dígitos (código cuenta cliente).
Por su parte, los requisitos que se deben cumplir para las ayudas para el alquiler de viviendas de propietarios y arrendatarios de viviendas demolidas o destruidas o que precisen ser reparadas o rehabilitadas, cuando la ejecución de estas obras exija su desalojo son tener residencia en el municipio de Lorca y ser propietario o arrendatario de vivienda siniestrada por el terremoto y que dicha vivienda constituya el domicilio habitual del propietario o arrendatario. La documentación a presentar en el caso de propietarios son la solicitud en modelo normalizado, la declaración responsable en modelo normalizado, fotocopia del DNI/NIF/NIE del solicitante; escritura pública, certificación registral, nota simple, documento privado, o recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI urbana, que se facilita en las mismas oficinas de presentación de solicitudes) u otro medio probatorio admitido en derecho, acreditativo de la condición de propietario de la vivienda siniestrada, salvo que ya conste en el expediente de ayuda para rehabilitación o construcción. También deberán presentar un nuevo contrato de arrendamiento de la vivienda de realojo en el que conste la superficie útil y el precio o renta del alquiler mensual; la fotocopia del DNI/NIF/NIE del arrendador de la vivienda de realojo; y la fotocopia de la cuenta bancaria donde consten los 20 dígitos (código cuenta cliente).
En el caso de arrendatarios deberán presentar la Solicitud en modelo normalizado, la Declaración responsable en modelo normalizado, la fotocopia del DNI/NIF/NIE del solicitante, Contrato de arrendamiento de la vivienda siniestrada, anterior al 11-05-2011 y nuevo contrato de arrendamiento de la vivienda de realojo en el que conste la superficie útil y el precio o renta del alquiler mensual, además de la Fotocopia del DNI/NIF/NIE del arrendador de la vivienda de realojo y la fotocopia de la cuenta bancaria donde consten los 20 dígitos (código cuenta cliente).

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